Una de las familias lingüísticas que hicieron parte del territorio Colombiano fue la de los ARAWAK, llegada antes de cualquier otra, por lo cual puede considerarse como pionera del doblamiento Precolombino. Esta familia era pacifica por temperamento y sus actividades estuvieron dedicadas a la Agricultura y a la Pesca. Posteriormente vino la familia de los CARIBES, pueblo belicoso que trató de eliminar o exterminar a los ARAWAK.
No cabe dudo de que los primeros pobladores que llegaron a lo que hoy es el Departamento del Cesar fueron los vástagos de estos dos (2) familias.
Entre los grupos indígenas encontrados por los primeros Españoles que pisaron territorio del Cesar fueron los de la tribu EUPARI, que se conoció entonces como Valle de Upar, los Guatapuries ubicados en las proximidades del sitio donde hoy está la ciudad de Valledupar.
Hubo otros grupos conocidos bajo denominaciones netamente regionales. Así los de Zarari los Kakuamo Atánquez que habitaron las estribaciones de la Sierra Nevada de Santa Marta, los ARHUACOS de San Sebastián y Pueblo Bello, los POPONIS, donde hoy está el corregimiento de Valencia de Jesús, Los Tupes, Los Umayones y Anacayutes, Los Motilones y Yucos que hoy existen y cuyos descendientes se les ve por las calles de Valledupar.
Se afirma que PEDRO BADILLO, un español que dirigió la expedición que se metió hasta donde hoy está el Departamento del Cesar.
Saliendo de Santa Marta fue quien fundó en 1538 una población en la margen derecha del Río que lleva su nombre.
Otros historiadores sostienen que la primera fundación en lo que hoy es el Departamento del Cesar correspondió a la actual Chiriguaná, que ya era población de Indios al llegar los Españoles.
Según tradiciones y los documentos fue obra conjunta con Don PEDRO JUAN HERNÁNDEZ y Don LUIS DE ROJAS en 1545.
La población fue destruida por los indígenas y la destrucción la emprendió Don JOSÉ FERNANDO DE MIER Y GUERRA dos siglos después.
Siendo Presidente de Colombia el Doctor CARLOS LLERAS RESTREPO, se inauguró el Departamento del Cesar con fecha VEINTIUNO (21) de Diciembre de 1967, en desarrollo de la Ley 25 de Junio de ese mismo año que a la letra dice:
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